Licencia de Construcción menor a 60 metros cuadrados (obra nueva)

Con este trámite se obtiene la autorización de la Licencia de Construcción para obra nueva, ampliación, modificación o reparación de la construcción existente que no afecte elementos estructurales e implique la construcción de hasta 60m2.

Este trámite autoriza al peticionario la construcción de entre 20 y 60 m2 en un predio y/o inmueble.

  1. Solicitud.
  2. Documento que acredite la personalidad del representante legal (en su caso).
  3. Documento que acredite la propiedad o la posesión del inmueble.
  4. Croquis arquitectónico tamaño doble carta a escala. Deberá contener plantas arquitectónicas, plantas de azotea, planta de conjunto, fachadas debidamente acotadas indicando orientación y cuadro de datos.
  5. Licencia de Uso de Suelo vigente.
  6. Constancia de Alineamiento y Número Oficial vigente (para casos de obra nueva).
  7. Reglamento del condominio (en su caso).
  8. Licencia y planos autorizados (para los casos de ampliación).
  9. Autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y/o Instituto Nacional de Bellas Artes y  Literatura (INBA) (en su caso).
  1. Solicitud.
  2. Documento que acredite la personalidad del representante legal (en su caso).
  3. Documento que acredite la propiedad o la posesión del inmueble.
  4. Croquis arquitectónico tamaño doble carta a escala. Deberá contener plantas arquitectónicas, plantas de azotea, planta de conjunto, fachadas debidamente acotadas indicando orientación y cuadro de datos.
  5. Licencia de Uso de Suelo vigente.
  6. Constancia de Alineamiento y Número Oficial vigente (para casos de obra nueva).
  7. Reglamento del condominio (en su caso).
  8. Licencia y planos autorizados (para los casos de ampliación).
  9. Autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y/o Instituto Nacional de Bellas Artes y  Literatura (INBA) (en su caso).
  1. Solicitud.
  2. Documento que acredite la personalidad del representante legal (en su caso).
  3. Documento que acredite la propiedad o la posesión del inmueble.
  4. Croquis arquitectónico tamaño doble carta a escala. Deberá contener plantas arquitectónicas, plantas de azotea, planta de conjunto, fachadas debidamente acotadas indicando orientación y cuadro de datos.
  5. Licencia de Uso de Suelo vigente.
  6. Constancia de Alineamiento y Número Oficial vigente (para casos de obra nueva).
  7. Reglamento del condominio (en su caso).
  8. Licencia y planos autorizados (para los casos de ampliación).
  9. Autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y/o Instituto Nacional de Bellas Artes y  Literatura (INBA) (en su caso).

Variable.

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