Sesiones del Comité

Protocolo para prevenir, atender y sancionar casos de hostigamiento y acoso sexual, discriminación y violencia institucional y laboral.

¿Qué es la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación?

La Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación es un mecanismo de adopción voluntaria para reconocer a los centros de trabajo que cuentan con prácticas en materia de igualdad laboral y no discriminación, para favorecer el desarrollo integral de las y los trabajadores.

Esta certificación está dirigida a todos los centros de trabajo públicos, privados y sociales establecidos en la República Mexicana, de cualquier tamaño, sector o actividad. Para obtenerlo, los centros de trabajo deberán recibir una auditoría de tercera parte, para verificar que sus políticas y prácticas cumplen con los requisitos de igualdad laboral y no discriminación.

 Sus principales ejes son: incorporar la perspectiva de género y no discriminación en los procesos de reclutamiento, selección, movilidad y capacitación; garantizar la igualdad salarial; implementar acciones para prevenir y atender la violencia laboral; y realizar acciones de corresponsabilidad entre la vida laboral, familiar y personal de sus trabajadoras y trabajadores, con igualdad de trato y de oportunidades.

Reconociendo que alcanzar la igualdad sustantiva es un proceso que requiere la transformación de la cultura organizacional, uno de los principios del certificado es la progresividad, misma que se aplica a través de la mejora continua hacia el logro de los resultados óptimos.

Antecedentes

En agosto de 2014, la STPS, el Inmujeres y el Conapred suscribieron un convenio de colaboración para realizar, de manera coordinada, acciones tendientes a promover, difundir y fomentar la igualdad laboral y no discriminación en los centros de trabajo de los sectores público, privado y social.

Las tres dependencias operaban los siguientes mecanismos:

INMUJERES Modelo de Equidad de Género

  • Documento del Modelo de Equidad de Género
  • Listado de organizaciones certificadas en el Modelo de Equidad de Género

 STPS 

 Norma Mexicana (NMX-R-025-SCFI-2012) para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres.

 CONAPRED

 Guía de Acción contra la Discriminación “Institución Comprometida con la Inclusión”.

Pasos para obtener la certificación en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación

Paso 1 Conocer los requisitos de la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación y realizar la autoevaluación

a)     Campo de aplicación: Pueden certificarse los centros de trabajo del sector público, privado y social, de cualquier tamaño, rama económica o giro que se encuentren ubicados en la República Mexicana.
b)     Requisitos: El centro de trabajo deberá proporcionar evidencias de la implementación de prácticas laborales en materia de igualdad laboral y no discriminación que den cumplimiento a los requisitos, por medio de documentos, procesos e infraestructura, según corresponda.

Existen tres tipos de requisitos:

  1. Requisito de participación: constancia oficial con antigüedad máxima de seis meses de que no existe algún incumplimiento a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
  2. Requisitos críticos: su cumplimiento es indispensable para obtener la certificación, tienen un valor de 25 puntos.

iii. Requisitos generales de certificación: son evaluados para alcanzar el resto del puntaje. La calificación mínima para obtener la certificación es de 70 puntos.

Para fomentar la mejora continua, el nivel del certificado se otorgará en cuatro niveles, de acuerdo con la existencia de medidas de nivelación, medidas de inclusión y acciones afirmativas, las cuales son optativas y adicionales a los requisitos anteriores:

  • Integración de la plantilla de personal con al menos el 40% de un mismo sexo.
  • Existencia de un 40% de mujeres en los puestos directivos.
  • Contar con personal con discapacidad en una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de las y los trabajadores.
  • Contar con una figura mediadora u ombudsman.
  • Llevar a cabo actividades o eventos enfocados exclusivamente a fomentar la igualdad y no discriminación dirigidos al personal y sus familias.

Para ser acreedor a los distintos niveles, el centro de trabajo deberá proporcionar evidencias de la implementación de las medidas, según los criterios que aparecen en la Norma.

  1. a)     Autoevaluación

El centro de trabajo realizará un ejercicio de autoevaluación, con el objetivo de conocer la situación en la que se encuentra respecto al cumplimiento de los requisitos y, a partir de este diagnóstico, llevar a cabo los procesos y las prácticas necesarias para certificarse.

Paso 2 Implementar procesos y prácticas para el cumplimiento de los requisitos

 

  1. a) Diseño, implementación y documentación de procesos y prácticas en igualdad laboral y no discriminación

Tras conocer y analizar detalladamente los requisitos, el centro de trabajo diseñará, implementará y documentará los procesos y las prácticas necesarias para dar cumplimiento a los requisitos de la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación. Esto puede implicar hacer modificaciones en la manera en que operan diversos procedimientos dentro de la organización, para adaptarlos a los criterios que se establecen en la norma, ya que la finalidad del instrumento es lograr un cambio en la cultura laboral, de manera que todo el personal tenga las mismas oportunidades para desarrollarse profesionalmente, y que esto se logre en corresponsabilidad con su vida personal, dentro de un centro de trabajo libre de violencia y discriminación.

Estas prácticas deben ser lo suficientemente sólidas para poder ser auditadas por un organismo de certificación, el cual solicitará evidencias de su implementación y del conocimiento que el personal posee de ellas.

Las páginas de las dependencias que forman el Consejo Interinstitucional cuentan con herramientas documentales de apoyo para que los centros de trabajo puedan profundizar en los conocimientos necesarios para diseñar e implementar las prácticas en igualdad laboral y no discriminación. Adicionalmente, el centro de trabajo puede solicitar o recibir asesoría por sus propios medios.

  1. b) Auditoría interna

Una vez que el centro de trabajo haya implementado y documentado las prácticas necesarias, llevará a cabo una auditoría interna, en la que un equipo auditor formado por su propio personal evaluará el cumplimiento de todos los requisitos, y emitirá un informe de auditoría que debe ser firmado por la máxima autoridad de la organización. Este ejercicio preparará al centro de trabajo para la auditoría de certificación y le brindará un panorama sobre su situación, por lo que es importante que sea realizado con profesionalismo.

Paso 3 Registrar la participación del centro de trabajo ante el Consejo Interinstitucional

El centro de trabajo llenará su cédula de registro y la enviará al Consejo Interinstitucional, integrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), para estar en posibilidad de ser notificado acerca de cualquier iniciativa relacionada con la norma que sea promovida por las tres dependencias. También deberá enviar una carta compromiso en hoja membretada, firmada por la máxima autoridad, alta dirección o representante legal en cada proceso de certificación.

La cédula de registro y la carta compromiso

 Paso 4 Certificarse en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación

 a)     Contratación de un organismo de certificación

El centro de trabajo podrá consultar en la página de la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) el listado de organismos de certificación avalados para certificar en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, con los cuales podrá entrar en contacto para solicitar una cotización del servicio para la evaluación de la conformidad.

Además de los datos de contacto, el organismo de certificación solicitará información para determinar el costo de la auditoría, tales como el alcance de la certificación y la ubicación geográfica del o los sitios a auditar, así como el número total de personas que laboran en el o los sitios a auditar.

Si un centro de trabajo desea ser auditado bajo el esquema multisitios, deberá garantizar que todos los procesos y buenas prácticas evaluados en la norma se aplican en cada una de las sedes que plantea en el alcance. El organismo de certificación informará al centro de trabajo si cumple con los criterios señalados en la norma para ser tomado en cuenta como tal.

Una vez que se haya seleccionado al organismo de certificación de su preferencia, deberá suscribirse un contrato de servicio con el mismo, donde se detallen los rubros del proceso de certificación y el número de sitios a visitar, la fecha de realización de la auditoría, las vías de comunicación y confirmación de la misma, entre otros.

  1. b)     Auditoría de certificación

La auditoría se llevará a cabo en las fechas y horarios establecidos previamente, con el personal auditor que se haya acordado con el organismo de certificación.

Durante la auditoría, el equipo auditor confirmará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación en el centro de trabajo y los sitios establecidos en el alcance, mediante una evaluación que incluirá mostrar evidencia documental, observación del espacio físico, aplicación de una encuesta y otras actividades. Al término de la auditoría, la o el líder del equipo auditor entregará a la organización un informe que contendrá los puntos obtenidos en cada requisito, y en su caso, los hallazgos encontrados.

  1. c)     Certificación

Al haber obtenido la calificación mínima de 70 puntos, incluyendo los 25 puntos que aportan los requisitos críticos, el organismo de certificación emitirá y entregará en el tiempo estipulado en el contrato el certificado en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación al centro de trabajo, que tendrá una vigencia por cuatro años, al cabo de la cual será necesario pasar nuevamente por el proceso de certificación.

 Paso 5 Enviar copia del certificado al Consejo Interinstitucional y obtener el derecho al uso de la marca

El centro de trabajo enviará una copia del certificado en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación emitido por el organismo de certificación al Consejo Interinstitucional, integrado por la STPS, el Inmujeres y el Conapred, con el propósito de ser integrado al padrón nacional de organizaciones certificadas, y poder participar en el evento anual de reconocimiento que será organizado por las tres dependencias.

Asimismo, es indispensable remitir la copia del certificado para que el Consejo Interinstitucional, como dueño de la propiedad intelectual sobre el logotipo de la norma, otorgue el permiso para el uso de la marca conforme a su manual de identidad gráfica.

Paso 6 Realizar acciones para la mejora continua y programar la visita de vigilancia

A partir del informe de auditoría, el centro de trabajo podrá observar las fortalezas y debilidades en el cumplimento de los requisitos, y emprender las acciones que considere necesarias hacia la mejora continua. El centro de trabajo deberá demostrar el mantenimiento de las condiciones que propiciaron su certificación, por lo que a los dos años de haberla obtenido debe programar una visita de vigilancia por parte de un organismo de certificación, para mantener la vigencia de la norma, e informar su resultado al Consejo Interinstitucional para que se le renueve el derecho al uso de la marca.

 

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